
Tú preguntas: Te respondemos - Pregunta 22Se puede entender que la "edificabilidad física máxima sobre rasante destinada a usos distintos a las dotaciones públicas" se refiere a la "edificabilidad urbanística, en el sentido del artículo 35.3 de la Ley del suelo y urbanismo, y por tanto, queda incluida la edificabilidad destinada a dotaciones privadas aunque sean de "uso público". Habría de analizarse qué quiere decirse con "dotaciones privadas de uso público" porque si "esconden" dotaciones públicas no computarían. Tampoco se ha de tener en cuenta, a efectos de los límites del art. 77 los usos "bajo rasante" cualesquiera que sea esos usos.