Pregunta 15
15. Y tras la Sesión Constitutiva, ¿Qué corresponde?
Se convoca la Sesión Extraordinaria dentro de los treinta días siguientes al de la Sesión Constitutiva, con el siguiente Orden del Día:
- Creación y composición de las Comisiones Informativas permanentes.
- Nombramientos de representantes de la Corporación en órganos colegiados que sean de su competencia.
- El Alcalde dará a conocer sus resoluciones en materia de nombramientos de Tenientes de Alcalde.
- Además se fijarán los componentes de la Comisión de Gobierno, la Comisión de Gobierno existe en todos los municipios con población de derecho superior a 5.000 habitantes y en los de menos, cuando así lo disponga su Reglamento orgánico y así lo acuerde el Pleno de su Ayuntamiento.
- Nombrar Presidentes de las Comisiones Informativas.
- Delegar aquellos asuntos que el Alcalde considere oportuno conferir.
- En esta sesión el Pleno fijará la periodicidad de las sesiones, en base a que el Pleno celebra sesión ordinaria como mínimo cada mes en los Ayuntamientos de municipios de más de 20.000 habitantes, cada dos meses en los Ayuntamientos de los municipios de una población entre 5.001 habitantes y 20.000 habitantes; y cada tres en los municipios de hasta 5.000 habitantes.