
Pregunta 25Un Cargo Electo sin dedicación, ¿De qué tiempo dispone para realizar sus funciones?
El artículo 37.3 d) del Estatuto de los Trabajadores reconoce al trabajador, previo aviso y justificación, el derecho a ausentarse con derecho a remuneración, por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. Cuando conste en una norma legal o convencional un periodo determinado, se estará a lo que ésta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.
Por su parte, el art. 75.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, entiende por tiempo indispensable para el desempeño del cargo electivo de una Corporación Local, el necesario para la asistencia a las sesiones del Pleno de la Corporación o de las Comisiones y atención a las Delegaciones de que forme parte o que desempeñe el interesado. Por tanto son 3 los conceptos a que hace referencia por tiempo indispensable:
Además, el Estatuto de los Trabajadores dice que cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del veinte por ciento de las horas laborables en un período de tres meses, podrá la empresa pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia forzosa regulada en el art. 46.1 del E.T. El reingreso deberá ser solicitado dentro del mes siguiente al cese del cargo público.
En consecuencia, es conveniente que el Cargo Público no supere ese tope, del 20% de las horas laborales en el período de 3 meses, en la empresa en la que desarrolle su actividad profesional de cara a no verse abocado a una excedencia forzosa.
Por otra parte, el Estatuto de los Trabajadores establece una compensación en favor de la empresa por las horas que éste se ausenta de su trabajo. En el supuesto de que el trabajador, por cumplimiento del deber o desempeño del cargo, perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.
Por último, se debe tener en cuenta el concreto Convenio Colectivo que une a ese trabajador con la empresa para la que presta sus servicios a fin de analizar las especificidades que pudiera contener.
Un modelo de justificante a presentar en la empresa puede ser:
D. ..................., Secretario del Ayuntamiento de ............... ,
HAGO CONSTAR
Que el/la Concejal/a ..................... asistió a la Sesión Plenaria / Junta de Gobierno Local / Comisión Informativa .............. que ha tenido lugar el día ........ a las .......... horas, convocatoria realizada por Decreto de Alcaldía número ................. .
Para que conste y surta los debidos efectos se emite el presente certificado.
En ................., a .................. de ................. de ...............